Avala el Congreso de Guerrero la reforma federal sobre prisión preventiva, extorsión, fentanilo y falsificación de facturas
Chilpancingo, Gro., 28 de noviembre del 2024. El Congreso del estado aprobó la minuta con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política mexicana, para considerar la extorsión, el tráfico de fentanilo y las actividades relacionadas con la falsificación de comprobantes fiscales como delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Al
fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Constitucionales y
Jurídicos, el diputado Joaquín Badillo Escamilla destacó la relevancia de esta
reforma, que refuerza la acción oficial contra la inseguridad.
Abundó que los
delitos de extorsión y cobro de cuota y de piso han generado un estancamiento
en el desarrollo de Guerrero en la generación de empleos y la inversión, así
como la lamentable pérdida de muchas vidas.
“Esta
reforma representa poner un eslabón más a la cadena para que sea más robusta y
coadyuve a brindar ejemplar castigo a quienes hacen daño a las y los
guerrerenses, y a las y los mexicanos”, remarcó.
Recordó que
en la anterior legislatura se votó a favor de una iniciativa para solicitar al
Senado que en el artículo 19 se incluyera la prisión preventiva oficiosa para
el delito de extorsión, porque en la entidad, y en específico el municipio de
Acapulco, las cifras son negras.
Planteó la
necesidad de aprobar la minuta del Congreso de la Unión porque cuando se
denuncia este delito ante el Ministerio Público, lo más que se hace es enviar
una notificación al delincuente, pero si no se llega a juicio, queda olvidada
la carpeta de investigación, lo que hace crecer las cifras de impunidad.
Por todo lo
anterior, el diputado de Morena pidió a sus pares dar su voto a favor porque
también es importante combatir el tráfico del fentanilo, sin dejar de mencionar
el delito de la falsificación de comprobantes fiscales.
Destaca en
la minuta la urgente necesidad de que el Estado mexicano cuente con un marco
normativo penal y procesal suficiente para combatir con eficacia las
principales conductas delictivas que afectan la salud y el patrimonio de los
mexicanos, así como la hacienda pública federal.
La reforma
al Artículo 19 de la Constitución establece que el Ministerio Público sólo
podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares
no sean suficientes, para garantizar la comparecencia del imputado en el
juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los
testigos y de la comunidad, así como cuando el imputado sea procesado o haya
sido sentenciado por la comisión de un delito doloso.
Además, para
la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los
órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, por lo cual queda
prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar,
suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, así sea de
manera total o parcial.
Intervinieron
para fijar postura sobre el tema las diputadas y los diputados María Irene
Montiel Servín, del PAN), en contra; Erika Lorena Lührs Cortés, de MC, en
contra; Pánfilo Sánchez Almazán, del PT, a favor; Robell Urióstegui Patiño, del
PRD, en contra; Arturo Álvarez Angli, del PVEM, a favor; Víctor Hugo Vega
Hernández, del PRI, en contra, y Diana Bernabé Vega, de Morena, a favor.

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